La respuesta corta

  • Quien pide la reagrupación es el familiar que ya vive legalmente en España, no el que está en Perú.
  • En general, tiene que haber vivido en España al menos un año y haber pedido la renovación de su residencia por otro año.
  • Tiene que demostrar ingresos de al menos el 150 % del IPREM para dos personas (hoy, 900 € al mes) y 300 € más por cada familiar adicional.
  • También necesita una vivienda adecuada y un seguro de enfermedad para todos.
  • Si se aprueba, el familiar en Perú pide su visado en el Consulado de España en Lima y viaja.

¿A quién se puede reagrupar?

  • Cónyuge o pareja mayor de 18 años. La pareja sin casarse tiene que estar inscrita en un registro o probar al menos 12 meses de convivencia (no se pide si tienen hijos en común).
  • Hijos menores de 18 años, propios o del cónyuge o pareja, y los mayores de edad que no puedan valerse por sí mismos por su salud o discapacidad.
  • Padres o suegros mayores de 65 años que estén a cargo del reagrupante y cuando haya razones que justifiquen que vivan en España. Para ellos, el reagrupante necesita tener la residencia de larga duración.
  • Un hijo mayor de edad que vaya a cuidar al reagrupante, si este tiene reconocido un grado de dependencia.

Cuánto dinero piden

Familia en EspañaIngreso mínimo al mes
2 personas (tú y tu familiar)900 € (150 % del IPREM)
3 personas1.200 €
4 personas1.500 €

El IPREM es de 600 € al mes. Si se reagrupa a hijos menores, la cantidad puede ser menor: basta tener ingresos estables iguales o mayores al salario mínimo. Se demuestra con el contrato y las nóminas de los últimos 6 meses o, si trabajas por tu cuenta, con tus declaraciones de impuestos.

Paso a paso

  1. En España: el reagrupante presenta el formulario EX-02 en la Oficina de Extranjería de su provincia o por internet, y paga la tasa (modelo 790, código 052).
  2. La vivienda: pide a su comunidad autónoma o ayuntamiento el informe de vivienda adecuada, con menos de 6 meses de antigüedad.
  3. La respuesta: Extranjería tiene 2 meses para resolver.
  4. En Perú: si se aprueba, el familiar tiene 2 meses para pedir su visado en persona en el Consulado de España en Lima, con pasaporte de al menos 4 meses de vigencia, antecedentes penales (si es mayor de edad), certificado médico y los documentos que prueban el parentesco.
  5. El visado: el Consulado responde en un máximo de 1 mes; después hay 1 mes para recogerlo y otro mes para entrar a España.
  6. Al llegar: dentro del primer mes, el familiar pide su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Policía.

Los documentos peruanos

Partidas de nacimiento o de matrimonio y antecedentes penales tienen que ir apostillados. Si alguno no está en español, va con traducción jurada.

¿El familiar puede trabajar?

Sí. El cónyuge o pareja y los hijos en edad de trabajar pueden trabajar en cualquier parte de España, por cuenta ajena o propia, sin otro trámite.

Cuando tengas el visado

Te ayudamos con el pasaje Lima–Madrid de tu familiar y, si es una persona mayor, pedimos a la aerolínea la asistencia con silla de ruedas en el aeropuerto.

Fuente oficial

Revisado el 25 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: cada caso lo decide la Oficina de Extranjería y el Consulado, y para casos complejos conviene consultar con un abogado de extranjería.